Si tiene acciones que cotizan…
En algunos casos puede interesarle venderlas antes de final de año.
Video elaborado con Inteligencia Artificial – NotebookLM
Cotización por debajo
Si durante el año en curso ha transmitido algún bien y ello le ha supuesto una ganancia patrimonial por la que deberá tributar en su IRPF, venda acciones que coticen por debajo de su valor de adquisición:
- La venta le generará una pérdida patrimonial que podrá compensar con la ganancia obtenida por la venta de otros bienes, de forma que podrá obtener importantes ahorros en su IRPF.
- Eso sí: no podrá recomprar acciones de esa misma empresa entre los dos meses anteriores y los dos meses posteriores a la transmisión.
Cotización por encima
Si usted tiene pérdidas pendientes de compensar de años anteriores, dispone de cuatro años para compensarlas. Pues bien, si en 2025 va a finalizar dicho plazo y tiene acciones que se han revalorizado, véndalas antes del 31 de diciembre:
- Con esta venta generará una ganancia que podrá compensar las pérdidas (evitando así que transcurra el plazo de compensación y usted pierda el derecho a hacerlo).
- Podrá recomprar las acciones al día siguiente: en caso de venta con ganancias no se aplica la regla de los dos meses.
- Esta operación no le hará pagar menos en el IRPF de 2025. Sin embargo, le permitirá ahorrar dinero en el futuro: la recompra de las acciones supondrá que éstas tengan un valor de adquisición más alto, de forma que, si más adelante las vende, la ganancia en el IRPF será menor.
Nuestros profesionales analizarán si, en su caso, le interesa vender acciones para reducir el coste de su IRPF de 2025.
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